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Seguridad

¿Qué es la seguridad orgánica?

La seguridad orgánica es una empresa privada, autorizada por ley para construir su propia vigilancia patrimonial o transporte de valores, con el fin de reducir los riesgos internamente.

Las acciones son realizadas por los recursos humanos propios con el objetivo de proteger los bienes materiales de la propia corporación, sin necesidad de tercerizar los servicios. De esta manera, se ahorra dinero y tiempo en procesos, como actualizar contratos con otras empresas.

Conforme a la LEY N.º 7.102, DEL 20 DE JUNIO DE 1983. se establecen reglas que van desde la compra de equipos obligatorios como cámaras y alarmas, hasta contar con profesionales capacitados para ejercer la función adecuadamente.

Resumen

¿Cómo funciona una empresa con seguridad orgánica?

Al construir su propio departamento de seguridad, la empresa solo puede prestar estos servicios en beneficio propio; no está autorizada a comercializarlos con otras instituciones y, a pesar de actuar internamente, debe contar con autorización y fiscalización periódica de la Policía Federal.

Es necesario tener una garita blindada, porteros, cámaras, policías, una jornada de trabajo diferenciada, seguridad patrimonial y, en algunos casos, la contratación de seguros. Todos los tipos de protección son importantes para reducir las pérdidas de la empresa en casos de incidentes indeseables.

Seguridad Orgánica Pública 

Es cuando la empresa tiene una seguridad patrimonial o institucional interna, con vigilantes, guardias y servidores públicos que trabajan de modo exclusivo y no son tercerizados. Así, conocen todos los procedimientos de la empresa y siguen las propias reglas establecidas por RR. HH.

Seguridad Orgánica Privada 

Es cuando la corporación tiene su propia seguridad empresarial y contrata a sus propios vigilantes para proteger la seguridad de modo exclusivo. Siguen al pie de la letra la Ley 7.102.

agente de seguridad orgánica

Vigilancia Patrimonial

Son los profesionales que protegen la integridad física de las personas, de las instalaciones, de los espacios y de los bienes empresariales, para que no haya depredación, hurtos ni incidentes. Deben tomar todas las providencias y cuidados en casos de riesgo.

Transporte de Valores

Los vigilantes contratados pueden portar o no arma de fuego, estar habilitados, tener equipos o incluso utilizar tecnologías, como radiocomunicadores para el intercambio de información eficiente y ágil, ya sea por celular, tablet o computadoras.

Seguridad de la Información

Son profesionales que necesitan proteger a las empresas en el mundo virtual, contra intrusiones y filtraciones de datos, y que deben evitar riesgos que causen daños a la base de datos de la empresa.

Así contribuyen a la criptografía, la ciberseguridad y la confidencialidad de la información, lo que garantiza la integridad de los datos sensibles y permite el acceso solo de personas autorizadas.

Gestión de Crisis

Las emergencias ocurren cuando menos se espera; tener estrategias y planes de riesgo es esencial en los momentos de crisis. Por eso una buena comunicación y habilidades como la toma de decisiones y la reducción de riesgos contribuyen en esa actuación.

Requisitos para tener los servicios de seguridad orgánica

cámaras de seguridad orgánica

El primer paso es obtener una autorización de la Policía Federal de Seguridad Privada y, para ello, se deben considerar los siguientes requisitos:

  • Tener actividad financiera de vigilancia patrimonial y transporte de valores;
  • Contratar a los propios profesionales para actuar en la seguridad orgánica;
  • Comprobación de antecedentes penales de todos los involucrados en el servicio orgánico de seguridad de la parte administrativa de la empresa;
  • Tener instalaciones físicas adecuadas, comprobadas mediante certificado de seguridad, sistema de comunicación, sistema de alarma conectado a una unidad policial, y un lugar seguro para el almacenamiento de armas y equipos.

Diferencia entre seguridad orgánica y seguridad privada

geolocalización seguridad orgánica

Como ya hemos visto, la seguridad orgánica necesita tener recursos propios; su equipo de seguridad debe formar parte de la organización, no puede haber tercerizados, necesita autorización y procedimientos.

El cuidado es interno y tiene interacción con RR. HH., actúa en beneficio propio, con una implementación basada en la cultura organizacional y en las necesidades rutinarias de la empresa.

La seguridad privada, en cambio, es lo contrario: pueden tercerizar los servicios de protección, así que las jornadas, la organización y demás obligaciones quedan a cargo de la contratada. Están separadas y son independientes de ese equipo de vigilantes, y pueden ofrecer la disponibilidad de sus profesionales.

Actúa con la contratación de empresas externas; ante cualquier problema o reajuste puede contratar otra empresa de seguridad privada y así tendrá nuevos profesionales a su disposición.

Ambas tienen en común que necesitan autorización y seguir una serie de requisitos para poder mantener la operación funcionando dentro de los parámetros de la ley.

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